Se debe tener en cuenta que los fiadores y codeudores son, principalmente, un respaldo legal de una persona que adquiere una deuda. En el momento en el que dicha persona no pueda cumplir sus deberes económicos es ahí donde entran estas dos figuras.

 

Ahora bien, cabe aclarar que los codeudores y fiadores no son lo mismo; por un lado, el codeudor es dueño de la deuda en la misma medida que el deudor mismo, mientras que el fiador es realmente un respaldo en caso de que el deudor no tenga los recursos para pagar.

 

¿Cómo se debería cobrar esta deuda?

 

En este caso el arrendatario puede cobrar al deudor principal o al codeudor, pues este al ser copropietario de la deuda tiene el mismo nivel de responsabilidad a la hora de pagar. Ahora bien, en el caso de que ninguno de los dos pague, las sanciones serán acarreadas por igual.

 

Por otra parte, el fiador está en el derecho de pedir que antes de que la cobranza caiga sobre él, el arrendatario vaya tras los bienes del deudor y así comprobar que este no tiene los medios para cubrir la deuda. Si después de este proceso sigue la deuda o parte de la deuda, el fiador tendrá que asumir el saldo restante.

 

Se debe tener en cuenta que, llegado el caso, estos pueden ser reportados en centrales de riesgo, siguiendo la misma lógica. Por un lado, el codeudor será reportado en tanto se notifique la deuda; por otra parte, el fiador solamente será notificado cuando el deudor haya incumplido con sus deberes económicos.

 

Estos son los requisitos para ser codeudor o fiador:

 

  • Ser mayor de edad y menor a 65 años
  • Tener un buen historial crediticio y no estar fichado en centrales de riesgo
  • Demostrar que recibe ingresos periódicos
  • Residir de forma legal y permanente en Colombia

Por último, es aconsejable que la persona que pida tomar este rol cuente con una estabilidad laboral, sea de confianza y que tenga responsabilidad con sus deudas. 

 

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