A pesar de la polémica que han generado algunos puntos del Código Nacional de Policía, su actualización tras 45 años incluye aspectos que son claves para Ley de Propiedad Horizontal, pues hay varias disposiciones que buscan mejorar la convivencia entre las personas.
 

El proyecto, que en pocos días será ley, dice que las autoridades de policía adoptarán la conciliación como vía de solución a los conflictos entre particulares.
 

Frente a situaciones que los administradores y propietarios de edificios y conjuntos afrontan diariamente cuando comparten la propiedad o solo el uso de los bienes comunes, he advertido que estos pueden solicitar la intervención de las autoridades policivas, sin perjuicio del uso de los mecanismos de solución de conflictos y la imposición de sanciones de acuerdo con la ley y con cada reglamento. 
 

Situaciones recurrentes
 

Entre estos casos se destacan la iniciación de obras sin licencia cuando es obligatorio tramitarla, la perturbación en el uso y goce de los bienes privados y comunes, y la violación de los derechos de vecindad.
 

El Código Nacional de Policía -vigente hasta la expedición de la nueva norma-, no ha sido la mejor herramienta para la solución de tantos problemas en el interior de los edificios y fuera de estos, dada su antigüedad. De hecho, los afectados han acudido frecuentemente a la acción de tutela y son muchos los pronunciamientos de los jueces, protegiendo los derechos de las personas.
 

Afortunadamente, en Bogotá tenemos una norma de convivencia muy completa que es el Código Distrital de Policía que, incluso, se refiere a conductas que ameritan sanción como no asistir a las asambleas o no pagar oportunamente las cuotas de administración. 
 

Otra norma que ha sido aplicada frente a intervenciones de obras sin licencia es la Ley 810 del 2003, cuyas disposiciones son recogidas y actualizadas por la nueva norma.
 

No obstante, una cosa es que en adelante podamos contar con una hoja de ruta actualizada y clara, y otra diferente que los ciudadanos logremos la actuación eficaz y oportuna de las autoridades y que, además, estas cuenten con recursos para atender tantas quejas.
 

Es loable la intención del senador Germán Varón Cotrino y de los congresistas ponentes al radicar y adelantar el trámite de este importante proyecto, que aporta al respeto y la protección de los derechos de las personas. 
 

Sin embargo, es necesario divulgarlo y comenzar por capacitar a los inspectores y demás autoridades de policía para que no se quede en el papel, y para que su aplicación coincida con las pretensiones y deseos de los legisladores.
 

La capacitación será necesaria para el éxito
 

Con la expedición de la nueva ley será importante la capacitación para los administradores no solo de vivienda, sino de todos los usos. La nueva herramienta, por lo menos en teoría, los ayudará en su labor de garantizar los derechos de propietarios, residentes y usuarios para afrontar responsabilidades que se les atribuirán de acuerdo con la Ley 675 del 2001, cuando sus acciones u omisiones causen perjuicio. 
 

Vale recordar que el código regirá seis meses después de promulgado, excepto las medidas de protección establecidas, que regirán una vez se promulgue.   
 

Redacción: Nora Pabón Gómez / Especial para EL TIEMPO - Abogada, asesora externa