Según la Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá, cerca del 35 por ciento de los colombianos viven en arriendo, lo que representa una cifra aproximada de 17 millones de personas.

 

Al tomar la decisión de arrendar un inmueble que sea de nuestra propiedad surgen varias dudas. Por eso en Metrocuadrado hablamos con David Felipe Morales, abogado consultor, para aclarar las dudas que surgen alrededor de este tema.

 

Póliza y contrato de arrendamiento

 

Lo principal que debemos tener en cuenta, como propietarios de un inmueble, es asegurar este proceso de arriendo con una póliza.

 

“Así garantizará que ante un incumpliendo del contrato de arrendamiento con el arrendatario esto pueda ser cubierto con la póliza de seguros”, explicó Morales.

 

En cuanto al contrato debemos asegurarnos que se especifique quiénes son las partes que firman el documento, a qué se comprometen respecto al inmueble en arriendo, qué plazo de pagos tendrá el arrendatario y el valor asignado de los cánones de arrendamiento.

 

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Morales resaltó la importancia de determinar en el contrato a los coarrendatarios que serían los responsables de dar cobertura a los pagos si el arrendatario incumple.

 

 

¿Arrendar un inmueble directamente o con inmobiliaria?

 

El experto asegura que lo principal es tener claro que no podemos arriesgarnos a arrendar nuestro inmueble sin una garantía, que en este caso sería la póliza de seguro.

 

“Generalmente las inmobiliarias trabajan con aseguradoras, entonces ahí se respalda el inmueble, por lo que sería una buena opción. Sin embargo, como propietario del inmueble puedo ahorrarme el vínculo con la inmobiliaria y simplemente asegurarme con la póliza para arrendar directamente”, aclaró Morales.

 

 

Como dueño de un inmueble que tengo arrendado, ¿legalmente qué puedo hacer si la persona incurre en un incumplimiento por falta de pago y además lo entrega sin pagar la cláusula de permanencia por falta de recursos económicos?

 

R: / La póliza será la encargada de pagarle al propietario el valor de los cánones adeudados y, además, será este seguro el que lleve el proceso de desalojo del inmueble por parte de este arrendatario que incumplió el contrato. Por eso la importancia de siempre asegurar mi inmueble con una póliza.

 

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¿Si existen daños en el inmueble quién debe responder?

 

R: / Este tipo de daños no están estipulado en la póliza. Debemos tener en cuenta que en el contrato siempre se establece una cláusula que dice que el inmueble debe ser entregado en las mismas condiciones en las que se entregó. El propietario no debe recibir el inmueble hasta que no se cumpla con esto. Si el arrendatario no responde entonces serán los coarrendatarios, por eso la importancia de las cláusulas del contrato.

 

 

¿Cuáles son las razones por las que puedo dar por terminado el contrato con el arrendatario?

 

1. Incumplimiento en el pago de canon de arrendamiento

 

2. Cambio en la destinación del uso del inmueble, es decir, si arriendo un apartamento destinado a vivienda los arrendatarios no podrían usarlo como local comercial o viceversa. Esto siempre debe quedar estipulado en el contrato.

 

3. Si el inmueble se destina para actividades ilegales.

 

 

 

Aumento en el valor del arriendo en época de pandemia

 

Por último, el abogado explicó que legalmente no hay restricciones para subir el canon del arrendamiento, excepto que el máximo valor está atado estrictamente al IPC del año inmediatamente anterior. Entonces se puede subir claramente. “Pero debemos tener en cuenta el contexto que estamos viviendo y llegar a acuerdos con el arrendatario para que ninguno se vea afectado en esta situación”, concluyó Morales.

 

Según Fedelonjas, entre el 15% y 20% de los contratos de arriendo tuvieron algún acuerdo tras la pandemia.

 

 

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Por: Michelle McGrath

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