A la situación sanitaria que está viviendo Colombia por cuenta del covid-19, ahora se le suma el Paro Nacional y los disturbios que se han desencadenado en varias ciudades del país.

 

El comercio se ha visto afectado desde el año pasado, pero esta situación ha empeorado para los locales comerciales. Carolina Farfán, abogada Magister en Liderazgo Estratégico y Gestión del Talento Humano, habló con Metrocuadrado para saber qué debemos tener en cuenta si tenemos un local comercial en arriendo en época de pandemia y Paro Nacional.

 

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Como dueño de un local comercial que tengo arrendado, ¿legalmente qué puedo hacer si la persona incurre en un incumplimiento por falta de pago y además lo entrega sin pagar la cláusula de permanencia por falta de recursos económicos?

 

R. En este caso, el arrendador previo a iniciar cualquier acción judicial de cobro, debe citar al arrendatario incumplido a una audiencia de conciliación, pues legalmente es un prerequisito para demandar. La idea es buscar dentro de éste mecanismo alternativo, la solución del conflicto de la manera más acordada y amigable entre las partes. En caso de que no sea posible la conciliación porque el arrendatario no comparezca, ya queda abierta la vía judicial para que el arrendador inicie un proceso de cobro por esta vía. 

 

Como dueño del local, ¿qué debo hacer si los arrendatarios incumplen las medidas restrictivas por covid-19 al abrir el establecimiento? 

 

R. Recordemos que el contrato de arrendamiento es bilateral, es decir, genera derechos y obligaciones para ambas partes, así que se puede considerar un incumplimiento del contrato si el arrendatario abre el establecimiento incumpliendo las medidas restrictivas, incluso esa podría ser una causal para terminar el contrato de forma justificada.

 

No obstante lo anterior, cualquier sanción por incumplir las medidas debe ser impuesta al arrendatario y no al propietario del local, pero en caso de que se le impusiera al propietario, este valor deberá ser asumido por el arrendatario. 

 

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¿Qué facilidades le puedo ofrecer al arrendatario de mi local comercial conociendo la situación actual de paros y pandemia? 

 

R. Como arrendador y tomando en consideración las situaciones descritas, se puede concertar con el arrendatario la rebaja de un porcentaje en el canon de arrendamiento mensual, obviamente esto debe quedar documentado, con un plazo establecido.

 

¿Quién responde si ocurren daños estructurales en mi local por los disturbios en el Paro Nacional?

 

R. Realmente es difícil, pues la responsabilidad debería quedar en cabeza de quienes ocasionaron los daños, pero en casos de vandalismo es difícil individualizar al responsable. También se debe tener en cuenta que aún si los locales tienen una póliza de responsabilidad, generalmente los contratos de seguros no cubren los daños por actos vandálicos o asonadas.

 

¿Puedo subir el precio del arriendo en época de pandemia?
 

R. , sin embargo existe la limitación de lo que aumentó el IPC, ese es el tope máximo.

 

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La Asociación de Centros Comerciales de Colombia, aseguró que más de 5.000 locales comerciales se han desocupado desde que comenzó la pandemia.

 

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