El tener vivienda propia es una decisión que sin duda alguna beneficia a miles de familias en todo el territorio nacional y con los auxilios y subsidios que ha puesto en marcha el Gobierno Nacional en compañía del Ministerio de Vivienda, la accesibilidad a casa o apartamento propio es mucho mayor. No obstante, al momento de elegir vivienda, hay que tener en cuenta la zona en la que se ubica, ya que a futuro esto puede generar inconvenientes.

Los proyectos de vivienda nueva, cercanos a un humedal, actualmente no suelen ser tan comunes, pero aquellos que ya han sido construidos y que suelen ser alternativa de vivienda usada para quien busca oportunidad de tener vivienda propia, pueden llegar a ser un problema.

Hay que tener en cuenta que los humedales son ecosistemas que contribuyen a la vida y hábitat de especies de aves endémicas y migratorias, y el contacto con el ser humano en ocasiones resulta perjudicial para su bienestar. Además, los humedales son ecosistemas reguladores hídricos, es decir, sirven para mitigar las épocas de invierno o fuertes lluvias y sostener, controlar, cargar, recargar, estabilizar, el agua y evitar que se inunden otros suelos de la ciudad.

 

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Según el decreto 2811 de 1974, en el artículo 134 se hace referencia a la prevención de la contaminación y al uso de suelo, teniendo como patrimonio público los humedales. Asimismo, a nivel distrital, los Decretos 1106 de 1986 y 190 de 2004, determinan la protección de las zonas de humedal para evitar construir sobre ellas y propugna por la protección del patrimonio ambiental de la ciudad, respectivamente.

Desde el punto de vista legal, si una vivienda ya se encuentra construida en zona de humedal, las prohibiciones para habitar este espacio, están más enfocadas en el manejo de basuras, la invasión o apropiación de espacios de humedal, para edificar o realizar cultivos. Por otra parte, lo referente a vertimentos y alcantarillados que desembocan en humedales, son temas en los que se vienen trabajando, porque influyen de manera negativa en el medio ambiente.

Si la construcción se encuentra en ronda de humedal, se cataloga como ilegal y por consiguiente debe haber un desalojo. No obstante, las autoridades no pueden desalojar sin un debido proceso, en el que debe haber la respectiva notificación y requerimientos, al igual que reubicaciones para poblaciones o sectores que vivan o necesiten del espacio público.

De acuerdo a lo anterior, hay garantías para quienes quizá por desconocimiento han tenido que desalojar o han adquirido su vivienda en zonas cercanas a humedales.

 

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