Febrero 2015 - El mercado de vivienda, con el sector financiero como aliado, ofrece opciones para tener un patrimonio, muchas de ellas seguras y rentables.

La vivienda sigue siendo un negocio con bajo riesgo y una valorización constante, incluso en épocas de crisis. A esto hay que sumarle que ofrece la posibilidasd de adquirir un patrimonio real y tangible que es posible negociar, heredar y por qué no, hacer que genere mayores dividendos.

Por ello, aparecen en el mercado opciones como el ‘leasing’ habitacional y formas de compra para arrendamiento o mejoras para reventa que se convierten en alternativas de inversión con beneficios.

En el caso del ‘leasing’, concebido como un arrendamiento financiero en el cual se cancela un canon periódico para un inmueble (contiene capital e interés), al final del contrato el cliente puede adquirir la vivienda.

No ha sido muy utilizado, pero poco a poco la gente se ha acercado a la figura e incluso, el Gobierno trabaja estrategias para que llegue al segmento social.

Según Sylvia Salazar Martínez, secretaria general de Fedeleasing, en los últimos años el mercado de ‘leasing’ habitacional ha crecido mucho más que la cartera hipotecaria desembolsada.

En el 2014, los desembolsos aumentaron 7 por ciento respecto al 2013, mientras que la cartera tan solo alcanzó un crecimiento de 1 por ciento.

Así, esta opción logró una participación de 23 por ciento en la cartera total de vivienda, que en el 2010 representaba el 12 por ciento.

Además, las ventajas frente a la forma tradicional de adquisición de bienes inmuebles, en este caso de vivienda, lo hacen muy atractivo para los estratos medio-alto donde hay algo de demanda.

Algunas ventajas
De acuerdo con César Llano, presidente de Fedelonjas, al no recaer la propiedad en cabeza del locatario o propietario y quedar en la entidad financiera se presentan dos ventajas: la primera está relacionada con la facilidad a la hora de vender durante la vigencia del crédito, ya que solo con la firma de la cesión del contrato se transfiere.

La segunda, que las obligaciones fiscales que tienen que ver con el tributo al patrimonio y la incertidumbre que genera su aplicación definitiva son menores. En este punto, con respecto al impuesto de renta, el locatario podrá deducir de su declaración de renta, para el caso del ‘leasing’ habitacional familiar, el componente financiero del canon (únicamente intereses), que haya pagado durante el respectivo año hasta un monto máximo de 1.200 UVT, equivalente a 33’934.800 pesos, según explica María Alejandra Muskus, directiva del BBVA y especialista en el mercado de vivienda.

De esta forma, agrega Llano, surgen oportunidades gracias a la flexibilidad en el plazo, que para el caso de vivienda se puede extender a veinte años.

Además, la cuota inicial o el anticipo de cánones puede ubicarse del máximo posible para el locatario hasta cero; incluso, la tasa de interés por la naturaleza de la garantía (que es la misma propiedad) tiene un costo menor que otro tipo de productos, entre ellos el crédito hipotecario.

A esto se suma, según Douglas Linares, director de producto y desarrollo internacional de Leasing Bancolombia, las ventajas, que ya tiene la cartera hipotecaria con el fin de disminuir la base gravable para retención en la fuente, a través -por ejemplo- de los abonos en las cuentas de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC).

Igualmente, algo para destacar es que las compañías de ‘leasing’ tienen la posibilidad de realizar desembolsos de anticipos a los constructores, a nombre del cliente, en etapa de construcción del proyecto.

Actualmente, las entidades bancarias, de la mano de Fedeleasing, les están mostrando a las empresas y personas cómo a través de la figura pueden apalancar proyectos que involucran inversión en activos productivos.
Sección Vivienda EL TIEMPO