Los ruidos molestos como martillar, taladrar, cantar o tocar instrumentos en la noche, se convierten en una amenaza para la convivencia en tu copropiedad. Muchas veces el camino del diálogo es la solución, pero si el problema persiste, debes tomar otras medidas.

 

Debes tener en cuenta que la ley te apoya en estos casos si no logras un acuerdo con tus vecinos, los cuales hacen mucho ruido. Existen leyes que son concretas con el tema de los ruidos en las viviendas y puedes apoyarte en ellas; por ejemplo, la Ley 675 del 2001. Para hacer cumplir esta ley no es necesario contar con un abogado, son trámites muy sencillos de hacer. Para tener solución puedes llamar a las autoridades las cuales pondrán en práctica el Código de Policía.

 

¿Cómo es la reglamentación en este tema?

 

En un sector residencial el nivel máximo permitido de ruido es de 65 decibeles de día y de 55 de noche. El Código de Policía impone sanciones a quienes atenten contra la “convivencia pacífica”. Las multas van hasta los 32 salarios mínimos y varían dependiendo de su gravedad. Esto equivale a una sanción de 393 mil pesos.

 

Los copropietarios deben conocer las normas para así ponerlas en práctica. Existen parámetros en las normas ambientales y la Resolución 627 del 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que regula los niveles de ruido. Estas reglamentaciones pretenden detener la contaminación auditiva y la afectación a la tranquilidad y la intimidad.

 

¿Cómo frenar esta problemática en las copropiedades?

 

Los residentes también deben conocer sus derechos y obligaciones contemplados en los manuales de convivencia y la ley de copropiedades. Allí se estipulan, por ejemplo, aspectos relacionados con los lugares en los cuales los propietarios tienen derecho a realizar fiestas y reuniones, en este caso, los salones comunales. En estos manuales de convivencia también podrá encontrar sanciones y multas tanto para propietarios como para arrendatarios.

 

Normalmente, este tipo de situaciones se arreglan de manera consensuada con el administrador o el presidente de la Junta de Acción Comunal.

 

En casos extremos, los copropietarios deben acceder a las autoridades dado que este tipo de situaciones severas les competen a ellos. Las acciones de las autoridades en estos casos se dan según lo estipulado Código de Policía respecto a música en alto volumen o vecinos que perturban la tranquilidad. Para solicitar apoyo de la Policía Nacional puede llamar a la línea de emergencia 123 o acudir al CAI más cercano.

 

También puedes ver:

Contenido Metrocuadrado.com