Aquí, en metrocuadrado.com, creamos este espacio para que sepas qué es una hipoteca y cómo aplicarla en Colombia. Jorge Orlando León, abogado experto en propiedad horizontal, nos explicó en qué consiste y respondió las preguntas que más hace la gente frente a este tema.

 

Artículo 2432 del código civil colombiano "la hipoteca es un derecho de prenda constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor".


 

¿En qué consiste una hipoteca?

 

"La hipoteca es un gravamen sobre un bien inmueble que se constituye con el objeto de garantizar el cumplimiento de una obligación, particularmente el pago de un valor o precio entregado en calidad de préstamo o crédito, en un plazo determinado. Es decir, cuando se presta dinero, por ejemplo, el acreedor puede garantizar el pago de ese dinero mediante la hipoteca constituida por el deudor en favor del acreedor, sin embargo el deudor sigue conservando el dominio o propiedad del inmueble, y por supuesto la posesión del mismo."

 

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¿Cuándo se recomienda hacer este trámite?
 

"Aquí es importante aclarar que no es lo mismo solicitar un crédito hipotecario para comprar un inmueble nuevo o usado, lo cual sería una forma de financiamiento para la compra del inmueble, que tomar un crédito con el fin de tener liquidez y garantizarlo con la hipoteca. En este caso sería una metodología financiera para la persona que necesita de liquidez (préstamo de dinero), y para ello coloca un inmueble como garantía del pago de la deuda, dicha garantía le permite al acreedor perseguir el inmueble hipotecado, si el deudor no paga la deuda el bien puede ser rematado o adjudicado al acreedor. Entonces podemos decir que es una garantía para los acreedores al momento de otorgar créditos y puede ser una fuente de financiamiento o liquidez para una persona."
 


¿Qué necesito para hipotecar mi inmueble? 

 

"El hipotecante debe ser mayor de edad y ser dueño del bien inmueble, además el predio no debe tener limitaciones al dominio como afectaciones a vivienda familiar o patrimonios de familia y tampoco medidas cautelares."
 

¿Se puede vender una casa hipotecada?
 

"Sí, como lo indica el artículo 2432 del código civil colombiano el inmueble hipotecado no deja de permanecer en poder del deudor, lo cual le permitiría, si es su deseo, venderlo, sin embargo, debemos tener en cuenta que el nuevo dueño o comprador sabe que al adquirirlo, ese inmueble es la garantía real de un crédito tomado por el vendedor por lo que la deuda debe ser pagada sin importar quién sea el dueño ahora."

 

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¿Cómo puedo deshipotecar mi inmueble?
 

"Las cosas en derecho se deshacen como se hacen, en consecuencia, al extinguirse la deuda, el acreedor debe otorgar una escritura de cancelación de hipoteca, la cual se registra en el folio de matrícula inmobiliaria. Ahora bien, en caso de controversia entre las partes, será el juez quien ordenará la cancelación de la hipoteca si encuentra probada la extinción de la obligación."

 

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Por: Michelle McGrath

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