El Gobierno Nacional le dio aval a este mecanismo que le permitirá a los hogares colombianos utilizar el patrimonio inmobiliario para aumentar los ingresos habituales de los adultos mayores, lo cual representa un gran potencial de generación de beneficios económicos y sociales.
 

Este producto es conocido en más de 35 países, los cuales cuentan con productos similares encaminados a la generación de ingresos complementarios por vía de la movilización de los patrimonios inmobiliarios de los hogares. Entre ellos se puede mencionar a Francia, España, Estados Unidos, Canadá, Bélgica y Alemania. En todos estos países el producto se ha implementado de forma positiva y ha logrado proveer una solución para mejorar las condiciones de vida de las familias, en especial, de los adultos mayores.
 

Si te interesa acceder a este beneficio debes saber que cuenta con dos modalidades:
 

Renta Vitalicia Inmobiliaria Inmediata

La entidad aseguradora se obliga a entregar el pago de una renta mensual hasta el fallecimiento del tomador o del de sus beneficiarios. La propiedad será transferida a nombre de la aseguradora, hasta el fallecimiento de quien la habita o de sus beneficiarios.

 

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Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia Diferida

El contrato se divide en dos momentos, en el primero se define un monto inicial en el que la aseguradora le pagará a los beneficiarios cuotas por un periodo determinado del contrato. Cumplido ese periodo y pagada la suma acordada, comienza el pago de una renta mensual hasta el fallecimiento de los beneficiarios.  Si los beneficiarios fallecen antes de que se cumpla el primer momento, la aseguradora deberá pagar el saldo de la suma pactada en el contrato a los herederos.

 

 

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