Última actualización: domingo, 14 de diciembre de 2025

El precio justo para arrendar una vivienda

El precio justo para arrendar una vivienda
Martes, 28 de abril de 2015
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Un cierre rápido de negocios y la asesoría para la elaboración de contratos y trámites hacen parte de las ventajas de acudir a un profesional inmobiliario. Quienes lo hacen tienen la opción de obtener una mayor rentabilidad sobre su patrimonio. 

Arrendar por primera vez

- El precio mensual del arrendamiento de la vivienda no podrá exceder el 1 por ciento  del valor comercial del inmueble o de la parte que se dé en arriendo. 

- Si una vivienda está avaluada catastralmente en 90 millones de pesos, comercialmente no puede superar los 180 millones de pesos, porque el avalúo comercial no puede superar dos veces el avalúo catastral. El valor de la vivienda será aproximadamente 170 millones de pesos y el arriendo que manda la ley no podrá pasar de 1.700.000.
Renovación del contrato

Para aquellos que seguirán habitando una vivienda o un apartamento tomado en arriendo, estos son los ajustes permitidos.

- Cada que se cumplen 12 meses del contrato de arrendamiento, el arrendador podrá incrementar el valor hasta en una proporción que no sea superior al 100 por ciento del incremento que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el año calendario inmediatamente anterior.

-Eso significa lo siguiente: si el IPC, que mide la variación de precios que tienen una serie de bienes y servicios en la economía, en el 2014 llegó al 3,66 por ciento eso será lo legal para aumentarle al arriendo.

Un dato importante

El arrendador que opte por incrementar el valor del arriendo deberá informarle al arrendatario verbal o por escrito el costo del incremento y la fecha en que se hará efectivo el aumento, si no lo hace y el arrendatario paga el reajuste, no le dará derecho a solicitar más adelante el reintegro alegando la falta de la comunicación porque al pagar el aumento significa que aceptó el incremento aunque se lo haya comunicado minutos antes de hacer el pago.
 

Ejemplo

Si usted tiene un inmeble arrendado por el valor de 750 mil pesos podría incrementarle hasta 27.450 pesos, teniendo en cuenta el 3,66 por ciento del IPC con corte a 2014.
 

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