La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) explicó que los propietarios de viviendas en Colombia podrán incrementar el valor del arriendo hasta el 4,09%, es decir que se elevan al mismo ritmo de la inflación causada durante el año anterior según lo establecido en la Ley 820 de 2003.  
 

Lee también: Conoce en detalle esta ley que regula el incremento anual en los arriendos de vivienda en Colombia

 

Según lo afirmó la presidenta de la entidad, María Clara Luque, "el aumento tiene amplio impacto entre la población colombiana pues afecta a miles de familias que vive en arriendo así como a los propietarios de las unidades que devengan sus ingresos de dichos alquileres".

 

También puedes leer: Entérate de los subsidios a los que podrás acceder este 2018 para adquirir vivienda
 


La dirigente del gremio que agrupa a los profesionales inmobiliarios aclaró que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o del último incremento.

 

Asímismo, el aumento definido es legal siempre y cuando “éste no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”, agregó.

 

Te puede interesar: ¿Cómo terminar un contrato de arrendamiento?

 

Según Luque, los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de inmuebles para uso comercial. En estos casos, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento.

 

Fedelonjas recomienda tener en cuenta los siguientes puntos por parte de arrendadores y arrendatarios:

 

  • El incremento es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por parte del arrendador.
  • El arrendador es libre de aplicar el alza o de abstenerse de hacerlo si prefiere mantener el contrato por más tiempo.
  • El arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas si el arrendador incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley.
  • La notificación del aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer por escrito y a través de correo certificado o mediante el mecanismo establecido en el contrato. 
  • Para los contratos de arrendamiento suscritos antes del 10 de julio de 2003, el incremento de la tasa no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de La República para el año 2017.
  • Elija siempre un profesional inmobiliario de reconocida trayectoria que elabore contratos con todas las condiciones legales, resguarde los derechos de las partes y le ayude a elegir el bien más rentable.

 

También te puede interesar: ¿Cómo garantizar que te paguen el arriendo?

 

Escríbenos a: contenidom2@metrocuadrado.com