Redacción Metrocuadrado

Marzo 2015 - El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) con base en la meta de inflación proyectada para el 2015 por el Banco de la Republica definió el aumento de los avalúos catastrales para el mismo año.

Según el artículo 8 de la Ley 44 de 1990 y el artículo 6 de la Ley 242 de 1995 el cual lo modifica, el valor de los avalúos catastrales será reajustado cada año desde el 1 de enero, en un porcentaje que el Gobierno Nacional debe decidir.

Teniendo en cuenta la proyección de inflación que realizó el Banco de la República del 3,0 por ciento para el año 2015, el Conpes determino que el incremento para predios urbanos y rurales no formados y formados con vigencia del 2014 y años anteriores será del mismo valor en los avalúos catastrales, lo cual equivale al 100 por ciento de la meta de inflación de la entidad bancaria.

Además el Decreto 2718 del 26 de diciembre de 2014 en su artículo 3 decreta que los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2014 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1°de enero de 2015, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

Fuente: Presidencia.gov.co / Departamento Nacional de Planeación

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