Para adelantar este trámite, que se caracteriza por ser rápido y sencillo, hay dos opciones:
 

Mediante una inmobiliaria o directamente con la aseguradora o afianzadora. Este es el proceso a seguir:
 

Con la agencia inmobiliaria basta con firmar un contrato de consignación y de ahí en adelante, esta se encarga de todo (mostrar el inmueble, realizar el contrato, cobrar, asegurar el arriendo y consignarle al propietario).
 

Esta opción, que le ahorra tiempo y esfuerzos al dueño, tiene un costo de administración mensual que oscila entre el 7 y 15 por ciento sobre el canon de arriendo. Adicional a los costos de la respectiva póliza o fianza de arriendo.
 

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Al hacerlo directamente, si eres el propietario deberás ir a la aseguradora o afianzadora y adelantar el siguiente proceso:
 

Pasos para asegurar o afianzar el arriendo
 

1. Solicita el formulario de solicitud de arriendo y hacer manifiesto tu interés de utilizar este servicio. El costo del formulario varía entre los 2 mil y 5 mil pesos.
 

2. Una vez tengas inquilinos interesados deberás entregarles fotocopias del formulario.
 

3. Los interesados -por su cuenta- deberán diligenciarlo, conseguir los documentos allí solicitados e ir a la aseguradora o afianzadora a radicar este conjunto de papeles.
 

4. En ese momento los potenciales inquilinos deberán pagar el costo del estudio. Dependiendo de la empresa el pago puede ser directo o mediante consignación bancaria y, según el monto del arriendo, la tarifa oscila entre los 15.000 y 150.000 pesos.
 

5. La aseguradora o afianzadora toma entre 4 y 24 horas para darle una respuesta a los interesados y al propietario sobre la aceptación o no de la solicitud de arriendo.

 

6. Si la respuesta es negativa, los interesados podrán solicitar un nuevo estudio adjuntando nuevos documentos o codeudores. Depende de las recomendaciones de la empresa. Si ello no es posible, como propietario deberás conseguir a otros clientes interesados en alquilar el inmueble.
 

7. Si la respuesta es positiva, la aseguradora o afianzadora se encarga de realizar el contrato e invita a las partes a sus instalaciones para firmarlo.
 

8. Cuando se vaya a firmar el contrato es necesario cancelar el valor de la póliza. Si el cobro es mensual el costo oscila entre el 3 y 10 por ciento mensual sobre el canon de arriendo. Si el cobro es único por año, la tarifa varía entre el 40 y 70 por ciento de un canon de arriendo. Esto es sobre la póliza básica. Según la aseguradora y los aspectos adicionales a ampararse estos valores pueden incrementarse.
 

Aspectos adicionales
 

Ten en cuenta que en algunos casos hay que cancelar los derechos de la elaboración del contrato, equivalentes al 10, 15, 20 ó 25 por ciento sobre un canon de arriendo. El valor depende de la aseguradora o afianzadora.
 

Cada mes el propietario recibe directamente del inquilino el canon de arriendo de acuerdo a las condiciones pactadas en el contrato.
 

Sin embargo, si el inquilino llega a atrasarse, el propietario debe hacérselo saber a la aseguradora o afianzadora. Una vez ello ocurra, la empresa procederá a hacer el trámite respectivo para pagarle el arriendo según lo acordado.
 

Posteriormente, será la aseguradora o afianzadora la que se encargue de cobrarle al inquilino y si es el caso adelantar el proceso necesario para recuperar el inmueble. Mientras que ello ocurre el propietario recibirá sus pagos de arriendo. Así mismo, la aseguradora o afianzadora se encargaría de cubrir los pagos de servicios, administración, daños y/o aquellos otros amparos que se hayan incluido en la póliza o fianza.
 

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