Constantemente surgen inquietudes acerca del contrato de arrendamiento. Para resolverlas, consultamos al abogado Fabián Zabala, asesor jurídico de Central de Arrendamientos. En el video encontrarás las respuestas.
 

Estas son algunas de las preguntas frecuentes:
 

1. ¿Existen diferentes clases de contrato de arrendamiento?
 

Sí. El tipo de contrato varía de acuerdo a la ubicación (si está en perímetro urbano o si es rural) y destinación del inmueble (comercial, habitacional, oficinas, bodegas o consultorios). Dependiendo de esto la reglamentación es diferente.
 

2. ¿Se debe autenticar el contrato de arrendamiento?
 

Si bien no es obligatorio, las partes involucradas en la firma del contrato lo hacen para evitar suplantaciones de identidad.
 

3. ¿Qué diferencia hay entre prorroga y renovación?
 

Aunque constantemente se utilicen como sinónimo, la diferencia radica en que la prorroga se hace de forma automática conservando los mismos términos del contrato, mientras que en la renovación se pueden cambiar términos como el plazo y las condiciones económicas.
 

Además, la renovación se utiliza más en inmuebles con destinación comercial.
 

4. ¿Si el contrato de arriendo es a largo plazo, los inquilinos pueden hacer posesión del inmueble?
 

Esto es más un mito, los arrendatarios no podrán convertirse en propietarios del inmueble, pues en el contrato queda estipulado que se concede el uso de manera temporal.
 

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