La Secretaría de Hábitat de Bogotá, entidad encargada de la inspección, control y vigilancia de las inmobiliarias y las personas naturales que arriendan más de 5 inmuebles destinados para la vivienda urbana, solicita un informe anual que registre los inmuebles en arrendamiento.]
 

Tenga en cuenta que las personas naturales y jurídicas que arriendan más de 5 inmuebles destinados a vivienda urbana deben presentar o actualizar la matrícula de arrendador , la cual expide la Secretaría del Hábitat para poder ejercer dicha actividad comercial.
 

¿Qué debe hacer?
 

Para obtener el informe, las inmobiliarias o personas naturales dedicadas a la renta de vivienda, deben descargar un formato en la página web de la Secretaría del Hábitat.
 

Al diligenciar el formato debe adjuntar los siguientes documentos:
 

• Contratos de arrendamientos.
 

• Contratos de administración.
 

• Carta que informe si tiene en la actualidad contratos de arrendamientos.
 

En caso de ser persona natural, adicionar el registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá.
 

Para personas jurídicas, adicionar el certificado de existencia y representación legal que expide la Cámara de Comercio de Bogotá.
 

Mucho cuidado
 

Quienes continúen rentando más de 5 inmuebles destinados a vivienda urbana y no presentaron el informe el pasado 20 de marzo, podrán ser sancionados con una multa que puede estar entre 1 y 100 salarios mínimos legales vigentes, es decir hasta $73’771.700 pesos para quienes continúen ejerciendo esta actividad sin la matrícula de arrendador.
 

El dato
 

Según la Secretaria de Hábitat, en Bogotá hay más de 2.300 personas naturales y jurídicas las cuales están obligadas a presentar el informe anual de arrendadores.