Muchos contribuyentes están a la expectativa por el incremento que tendrán los avalúos catastrales de los inmuebles ubicados en Bogotá y el efecto que esto producirá en la determinación de sus impuestos prediales. 
 

Para resolver las inquietudes, EL TIEMPO contactó al abogado tributarista Álvaro Camacho Montoya, quien explica qué se debe hacer.
 

Confirmar los usos
 

Como primera medida se recomienda a los interesados que, en relación con los inmuebles de su propiedad, consigan los respectivos certificados catastrales para que conozcan los avalúos vigentes y para que puedan constatar los usos o destinos que aparezcan reportados en relación con los predios.
 

El certificado catastral se puede obtener, entre otros medios, a través de la página del Catastro Distrital (www.catastrobogota.gov.co). Vale recordar que la entidad enviará una comunicación por correo a los propietarios de los predios actualizados para este año. 
 

Avalúos actualizados 
 

El Catastro realizó ese proceso en los terrenos ubicados en 1.107 sectores del Distrito para la vigencia 2016, con el fin de revisar las circunstancias físicas, jurídicas y económicas de los inmuebles en periodos máximos de cinco años.
 

El límite del avalúo catastral actualizado es el valor comercial. Si, por el contrario, la propiedad se desvalorizó, esto se reflejará en el avalúo catastral. 
 

En la práctica, si este es superior al valor comercial de un predio, se deberá examinar si vale la pena presentar un memorial de revisión ante el Catastro con las pruebas pertinentes; esto, con el fin de que la entidad lo analice y, si es procedente, lo reduzca. 
 

Acatar resultado vigente
 

No hay que olvidar que, según la normatividad, en todo caso se deberá acatar el avalúo vigente (2016) en la declaración del impuesto predial. 
 

Si Catastro lo reduce tras la revisión, la declaración presentada inicialmente se podría corregir posteriormente; luego, de ser pertinente, también se podría solicitar la devolución de lo que se pagó en exceso. 
 

Los de conservación
 

El otro grupo de avalúos catastrales denominados “de conservación” tendrán un incremento del 3 por ciento este año, según el Decreto Distrital 610 del 2015 (ajuste que no aplica a los de los predios formados o actualizados). 
 

En la práctica esto es una excelente noticia. Dicho ajuste se puede considerar razonable, teniendo en cuenta la actual situación económica que atraviesa la ciudad. 
 

Sin avalúo catastral
 

Para el caso de los inmuebles que no tienen asignados avalúos catastrales, el Decreto Distrital 598 del 2015 fijó para el año gravable 2016 las bases mínimas del impuesto predial. 
 

Estas son determinadas con fundamento en unas tablas que contienen los valores por metro cuadrado de terreno y/o edificación, según los diferentes tipos de inmuebles, según la normatividad que rige para la ciudad.
 

Fuente: Sección Vivienda EL TIEMPO